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Agencia Urbana de Khémisset

Definición

Nota de Información

Documentos de urbanismo en estudio

Documentos de urbanismo homologados

Estudios específicos

Esquema Director de Ordenación Urbana

Plan de Zonificación

Plan de Ordenación

Plan de Desarrollo

La planificación urbana permite prever, encuadrar, orientar y controlar el crecimiento de las aglomeraciones urbanas y rurales mediante la elaboración de los documentos de urbanismo, a saber, el esquema director de ordenación urbana, el plan de ordenación, el plan de zonificación y el plan de desarrollo de las aglomeraciones rurales.

Asimismo, la Agencia Urbana de Khémisset despliega todos sus esfuerzos para garantizar la cobertura total de su ámbito territorial con documentos de urbanismo.

Municipio Título del documento Estado de avance
Sidi Allal El Bahraoui PA Lanzado el 09-12-2022
Oulmes PA Enviado para encuesta pública y deliberaciones municipales con fecha 11/10/2022
Ain Johra Sidi Boukhalkhal PA Enviado para homologación 09/12/2022
Tiflet PA Enviado para homologación 09/12/2022
Brachoua PA Comité Técnico Provincial celebrado el 19/01/2023
Moulay Driss Aghbal PDAR Enviado para encuesta pública y deliberaciones municipales con fecha 05-01-2023
Jemaa Moul Bled PDAR Lanzado el 30/12/2021
Ait Ouribel PA Lanzado el 27/12/2022
Municipio Título del documento Decreto de homologación Boletín Oficial
Sidi Allal El Bahraoui PA N.º 2.11.457 de fecha 17 de agosto de 2011 N.º 5974 con fecha de 01 de septiembre de 2011
Oulmes PA N.º 2.11.422 de fecha 17 de agosto de 2011 N.º 5974 con fecha de 01 de septiembre de 2011
Ain Johra Sidi Boukhalkhal PA N.º 2.13.68 de fecha 26 de febrero de 2013 N.º 6131 con fecha de 04 de marzo de 2013
Tiflet PA N.º 2.13.01 de fecha 21 de enero de 2013 N.º 6124 con fecha de 07 de febrero de 2013
Ait Ouribel + Houderrane + Khmiss Sidi Yahya PAS Dayet Roumi N.º 2.13.802 de fecha 13 de noviembre de 2013 N.º 6204 con fecha de 14 de noviembre de 2013
Jemaa Moul Bled PDAR Decisión n.º 14.3776 de fecha 22 de octubre de 2014 N.º 6315 con fecha de 08 de diciembre de 2014
Ait Ouribel PA N.º 2.15.78 de fecha 20 de febrero de 2015 N.º 6344 con fecha de 19 de marzo de 2015
Ait Malek PA N.º 2.15.833 con fecha de 16 de noviembre de 2015 N.º 6415 con fecha de 23 de noviembre de 2015
Ait Siberne PA N.º 2.16.026 de fecha 27 de enero de 2016 N.º 6438 con fecha de 11 de febrero de 2016
Khémisset PA N.º 2.16.156 de fecha 16 de marzo de 2016 N.º 6450 con fecha de 24 de marzo de 2016
Ait Boyahya Hejjama PA N.º 2.16.256 de fecha 10 de mayo de 2016 N.º 6470 con fecha de 02 de junio de 2016
Marchouch PA N.º 2.16.840 de fecha 27 de diciembre de 2016 N.º 6533 con fecha de 09 de enero de 2017
Khmiss Sidi Yahya PA N.º 2.16.843 de fecha 27 de diciembre de 2016 N.º 6533 con fecha de 09 de enero de 2017
Sidi Abderrezzak PA N.º 2.16.844 de fecha 27 de diciembre de 2016 N.º 6533 con fecha de 09 de enero de 2017
Sidi Allal Lamsadder PA N.º 2.17.43 de fecha 20 de febrero de 2017 N.º 6555 con fecha de 27 de marzo de 2017
Rommani PA N.º 2.17.187 de fecha 6 de julio de 2017 N.º 6585 con fecha de 10 de julio de 2017
Ait Mimoun PDAR Decisión n.º 17.527 de fecha 21 de febrero de 2017 N.º 6562 con fecha de 20 de abril de 2017
Houderrane PDAR Decisión n.º 16.3582 de fecha 16 de noviembre de 2016 N.º 6557 con fecha de 03 de abril de 2017
Lghoualem PDAR Decisión n.º 16.3584 de fecha 16 de noviembre de 2016 N.º 6557 con fecha de 03 de abril de 2017
Genzra PDAR Decisión n.º 16.3583 de fecha 16 de noviembre de 2016 N.º 6557 con fecha de 03 de abril de 2017
Ait Ichou PDAR Taliouine Decisión n.º 17.598 de fecha 21 de febrero de 2017 N.º 6565 con fecha de 01 de mayo de 2017
Sfassif PDAR Decisión n.º 17.1868 de fecha 18 de septiembre de 2017 N.º 6639 con fecha de 15 de enero de 2018
Boukachmir PDAR Decisión n.º 17.1869 de fecha 18 de septiembre de 2017 N.º 6639 con fecha de 15 de enero de 2018
Brachoua PDAR Nkhila Decisión n.º 17.1870 de fecha 18 de septiembre de 2017 N.º 6639 con fecha de 15 de enero de 2018
Oulmes PDAR Tarmilet Decisión n.º 17.2006 de fecha 18 de septiembre de 2017 N.º 6639 con fecha de 15 de enero de 2018
Maaziz PA N.º 2.18.363 de fecha 29 de mayo de 2018 N.º 6682 con fecha de 14 de junio de 2018
Ait Yadine PA N.º 2.18.364 de fecha 29 de mayo de 2018 N.º 6682 con fecha de 14 de junio de 2018
Mejmaa Tolba PA N.º 2.18.365 con fecha de 29 de mayo de 2018 N.º 6682 con fecha de 14 de junio de 2018
Ain Sbit PA N.º 2.18.616 con fecha de 13 de agosto de 2018 N.º 6703 con fecha de 27 de agosto de 2018
Ait Ikkou PDAR Decisión n.º 19.443 de fecha 05 de febrero de 2019 N.º 6765 con fecha de 01 de abril de 2019
Tiddas PA N.º 2.19.451 con fecha de 10 de junio de 2019 N.º 6787 con fecha de 17 de junio de 2019
Mqam Tolba PA N.º 2.19.778 con fecha de 18 de septiembre de 2019 N.º 6816 con fecha de 26 de septiembre de 2019
Ait Belkacem PA N.º 2.19.779 con fecha de 18 de septiembre de 2019 N.º 6816 con fecha de 26 de septiembre de 2019
Ezzhiligua PDAR Decisión n.º 19.1567 de fecha 5 de diciembre de 2019 N.º 6846 con fecha de 09 de enero de 2020
Tiflet PA N.º 2.23.29 con fecha de 09 de febrero de 2023 N.º 7173 con fecha de 27 de febrero de 2023
Ain Johra Sidi Boukhalkhal PA N.º 2.23.30 con fecha de 09 de febrero de 2023 N.º 7173 con fecha de 27 de febrero de 2023
Proyecto Fecha de validación
Proyecto de ciudad de Khémisset 03 de octubre de 2013
Proyecto de ciudad de Tiflet 03 de diciembre de 2013
Proyecto de ciudad de Sidi Allal Bahraoui 20 de diciembre de 2018
Carta Arquitectónica de la ciudad de Khémisset 07 de agosto de 2013
Carta Arquitectónica de la ciudad de Tiflet 27 de diciembre de 2013
Carta Arquitectónica de Oulmes 01 de septiembre de 2015
Carta Arquitectónica de Sidi Allal Bahraoui 08 de octubre de 2018
Renovación urbana de la ciudad de Tiflet 24 de enero de 2014
Renovación urbana de la ciudad de Khémisset 31 de diciembre de 2019
Mejora del paisaje urbano del eje vial principal del centro de Ait Yadine 27 de febrero de 2013
Mejora del paisaje urbano del centro de Romani 08 de noviembre de 2016
Mejora del paisaje urbano del centro de Ait Yadine 18 de junio de 2015
Mejora del paisaje urbano del centro de Ain Sbit 18 de septiembre de 2018
Mejora del paisaje urbano del centro de Maaziz 27 de diciembre de 2019
Mejora del paisaje urbano del centro de Oulmès 07 de julio de 2020
Mejora del paisaje urbano del centro de Ezzhiliga 27 de diciembre de 2019
Plan de Desplazamiento Urbano de la ciudad de Khémisset 02 de mayo de 2013
Plan de movilidad urbana de la ciudad de Tiflet 22 de septiembre de 2016
Plan verde del centro de Oulmes 17 de octubre de 2012
Acondicionamiento del bosque «Marabout» situado en la ciudad de Khemisset 31 de diciembre de 2020
Acondicionamiento de los espacios verdes programados en el plan de reestructuración del barrio «Saada Ahfour Maati» en la ciudad de Khemisset 31 de diciembre de 2020
El estudio inmobiliario de la provincia 15 de marzo de 2012

El esquema director de ordenación urbana se aplica a un territorio cuyo desarrollo debe ser objeto de un estudio global a causa de la interdependencia, en los planos económico, comercial y social, de los diferentes componentes de este territorio.

El esquema director de ordenación urbana planifica, durante un período que no puede exceder de 25 años, la organización general del desarrollo urbano del territorio al que se aplica.

Coordina las acciones de acondicionamiento emprendidas por todos los intervinientes, en particular por el Estado, las colectividades locales, los establecimientos públicos y los organismos que se benefician del concurso o de la participación financiera de estas personas jurídicas de derecho público.

El esquema director de ordenación urbana tiene por objeto en particular:

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL ESQUEMA DIRECTOR DE ORDENACIÓN URBANA

El proyecto del SDAU se establece por iniciativa de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo en colaboración con los municipios afectados. Con vistas a la elaboración de un proyecto de SDAU, las administraciones y los establecimientos públicos están obligados a comunicar a la autoridad gubernamental encargada del urbanismo los documentos relativos a sus proyectos de equipamiento de interés nacional o regional a realizar dentro del ámbito territorial del esquema director proyectado.

Se instituye, bajo la presidencia de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo o su representante, un comité central de seguimiento de la elaboración del esquema director de acondicionamiento urbano, encargado de examinar y orientar los estudios realizados en las diferentes fases de elaboración de dicho esquema director.

La secretaría del comité central corre a cargo del departamento encargado del urbanismo.
El orden del día del comité es establecido por su presidente.
El proyecto del esquema director, adoptado por el comité central, es sometido por la autoridad gubernamental encargada del urbanismo al dictamen de un comité local compuesto de la siguiente manera:

  • El wali, gobernador de la prefectura o provincia en cuestión, presidente.
  • Los presidentes de los consejos comunales interesados.
  • Los presidentes de las cámaras profesionales.


La secretaría del comité local corre a cargo del representante de los servicios exteriores de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo, o de la agencia urbana, en su caso.

  • El orden del día del comité local es establecido por su presidente.
  • La síntesis de los trabajos del comité local, acompañada de un acta de dichos trabajos, debe llegar al comité central en un plazo máximo de 15 días tras la finalización de los trabajos, para su decisión. Antes de su aprobación, el proyecto de esquema director de ordenación urbana se somete al examen de los consejos comunales correspondientes.
  • Dichos consejos pueden formular, en el plazo de tres meses a partir de la fecha en que fueron consultados, propuestas que son estudiadas por la administración en coordinación con los consejos comunales interesados. Las propuestas de dichos consejos son transmitidas por su presidente a la autoridad gubernamental encargada del urbanismo, que las estudia.
  • A falta de dar a conocer su opinión dentro de este plazo, dichos consejos se consideran sin propuestas que presentar. El SDAU es aprobado mediante decreto publicado en el boletín oficial.
  • Adoptado a propuesta de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo.
  • Tras la opinión del ministro del Interior, del ministro de Finanzas, del ministro encargado de obras públicas y del ministro encargado de agricultura.

CONSISTENCIA

El SDAU comprende:

  • Documentos gráficos constituidos en particular por mapas de uso del suelo.
  • un informe que justifica y explicita la opción de ordenación indicando las fases de ejecución de las disposiciones previstas, en particular aquellas en las que las zonas afectadas serán dotadas de planos de zonificación, planos de ordenación y planos de desarrollo.

EFECTOS DEL SDAU

El Estado, las colectividades locales, los establecimientos públicos y las personas jurídicas de derecho privado cuyo capital está suscrito en su totalidad por las personas públicas antes mencionadas están obligados a respetar las disposiciones del esquema director de acondicionamiento urbano.

Ningún proyecto de lotización o de grupo de viviendas y ningún proyecto de construcción pueden ser autorizados en ausencia de un plan de ordenación o de un plan de zonificación si no son compatibles con las disposiciones dictadas por el plan director de ordenación urbana respecto a las nuevas zonas de urbanización y el destino general de los suelos.

Los planes de zonificación, los planes de ordenación y los planes de desarrollo deben respetar las disposiciones de los esquemas directores de ordenación urbana.

El plan de zonificación tiene por objeto permitir a la administración y a las colectividades locales tomar las medidas cautelares necesarias para la preparación del plan de ordenación y preservar las orientaciones del esquema director de ordenación urbana.

El esquema director de ordenación urbana planifica, durante un período que no puede exceder de 25 años, la organización general del desarrollo urbano del territorio al que se aplica.

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE ZONIFICACIÓN

El proyecto de plan de zonificación se establece por iniciativa del departamento encargado del urbanismo en colaboración con los municipios afectados, sin perjuicio de las atribuciones conferidas en la materia a las agencias urbanas por la legislación vigente.

  • El proyecto de plan de zonificación es sometido, según el caso, por el departamento encargado del urbanismo o la agencia urbana al dictamen de una comisión local.
  • La síntesis de los trabajos de la comisión local, acompañada de un acta de dichos trabajos, debe llegar al departamento encargado del urbanismo o al director de la agencia urbana, según el caso, en un plazo máximo de 15 días tras la finalización de los trabajos, para su decisión.
  • Con anterioridad a su aprobación, el proyecto de plan de zonificación es sometido por la autoridad gubernamental encargada del urbanismo o el director de la agencia urbana, según el caso, al examen de los consejos comunales.
  • Dichos consejos pueden formular, en el plazo de dos meses a partir de la fecha en que fueron consultados, propuestas que son estudiadas por la administración en coordinación con las colectividades locales interesadas.
  • A falta de dar a conocer su opinión dentro de este plazo, dichos consejos se consideran sin propuestas que presentar.


Las propuestas de los consejos son transmitidas por su presidente a la autoridad gubernamental encargada del urbanismo, que las estudia en concertación con dichos consejos y en coordinación con la agencia urbana, si procede.

El plan de zonificación es aprobado por orden de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo, publicado en el Boletín Oficial.
El plan de zonificación comprende:

  • Un documento gráfico.
  • Un reglamento que define las reglas de utilización del suelo.


Los planes de zonificación producen efecto durante un período máximo de dos años a partir de la fecha de publicación del texto de aprobación.

El plan de ordenación se establece:

  • para todo o parte de uno de los territorios designados en el primer párrafo del artículo primero de la ley n.º 12-90 antes citada. Sin embargo, un plan de ordenación no podrá establecerse para parte de una agrupación urbana más que si dicha agrupación está dotada de un esquema director de ordenación urbana.
  • para todo o parte del territorio de una o varias comunas rurales, que tengan una vocación específica tal como turística, industrial o minera.

El plan de ordenación tiene por objeto objeto definir todos o parte de los elementos enumerados a continuación:

  • La asignación de las distintas zonas según el uso principal que se les deba dar o la naturaleza de las actividades dominantes que puedan ejercerse en ellas, tales como zona residencial, zona industrial, zona comercial, zona turística, zona hortícola, zona agrícola y zona forestal;
  • Las zonas en las que toda construcción está prohibida;
  • Los límites del viario (vías, plazas, aparcamientos) que deben conservarse, modificarse o crearse;
  • Los límites de los espacios verdes públicos (bosques, parques, jardines), de los terrenos de juego y de los diversos espacios libres tales como los espacios destinados a las manifestaciones culturales y folclóricas, que deben conservarse, modificarse o crearse;
  • Los límites de los espacios destinados a las actividades deportivas que deben crearse conforme a las disposiciones del artículo 61 de la Ley n.º 06.87 relativa a la educación física y a los deportes, promulgada por el Dahír n.º 1.88.172 del 13 de chaoual de 1409 (19 de mayo de 1989), y los límites de los mismos espacios que deben conservarse o modificarse;
  • Los emplazamientos reservados a los equipamientos públicos tales como los equipamientos ferroviarios y sus dependencias, los equipamientos sanitarios, culturales y de enseñanza, así como los edificios administrativos, las mezquitas y los cementerios;
  • Los emplazamientos reservados a los equipamientos colectivos e instalaciones de interés general cuya realización incumbe al sector privado, tales como centros comerciales, centros de ocio;
  • Los barrios, monumentos, sitios históricos o arqueológicos, sitios y zonas naturales tales como zonas verdes públicas o privadas que deben protegerse o valorizarse por motivos de orden estético, histórico, cultural, y eventualmente las reglas que les son aplicables;
  • Las reglas de uso del suelo y las reglas aplicables a la construcción, en particular las alturas mínimas o máximas del edificio y de cada una de sus partes, el modo de cerramiento, las condiciones de implantación y de orientación de los inmuebles, los aparcamientos cubiertos o no, las distancias entre los edificios, la relación entre la superficie edificable y la superficie total del terreno, las servidumbres arquitectónicas;
  • Las servidumbres establecidas en interés de la higiene, de la circulación, de la estética, de la seguridad y de la salubridad pública, y eventualmente las servidumbres derivadas de legislaciones particulares;
  • Las zonas que deben abrirse a la urbanización según una periodicidad determinada;
  • Los perímetros de los sectores que deben reestructurarse y de los sectores que deben renovarse;
  • Las zonas cuya ordenación es objeto de un régimen jurídico particular.
PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN

Sin perjuicio de las atribuciones conferidas en la materia a las agencias urbanas por la legislación vigente, el proyecto de plan de ordenación se elabora por iniciativa del departamento encargado del urbanismo en participación con los municipios concernidos.

El proyecto de plan de ordenación es sometido por la agencia urbana al dictamen de una comisión local.

La síntesis de los trabajos de la comisión local, acompañada de un acta de dichos trabajos, debe llegar al director de la agencia urbana en un plazo máximo de 15 días tras la finalización de los trabajos, para su decisión.

El proyecto de plan de ordenación es sometido por el director de la agencia urbana al examen de los consejos comunales.

El proyecto de plan de ordenación da lugar a una encuesta pública de un mes que se desarrolla simultáneamente con el examen del proyecto por el o los consejos comunales interesados.
Esta encuesta tiene por objeto permitir al público tomar conocimiento del proyecto y formular eventuales observaciones. Los medios de publicación y de publicidad son asegurados por el presidente del consejo municipal antes de la fecha de inicio de la encuesta.
El presidente del consejo comunal está obligado a publicar, antes de la apertura de la encuesta pública, un anuncio que indique las fechas de apertura y de cierre de dicha encuesta y que mencione el depósito del proyecto de plan de ordenación en la sede del municipio.
Este aviso debe publicarse con un intervalo de ocho días en dos diarios autorizados a recibir los anuncios legales. También se fija en la sede del municipio. El presidente del consejo municipal correspondiente puede, además, recurrir a cualquier otro medio apropiado de publicidad.

Toda persona interesada puede, durante el período de la encuesta pública, conocer el proyecto de plan de ordenación y formular en un registro abierto a tal efecto en la sede del municipio las observaciones que también puede dirigir por carta certificada con acuse de recibo al presidente del consejo municipal competente. Las propuestas de los consejos son transmitidas por su presidente a la autoridad gubernamental encargada del urbanismo, que las estudia en concertación con dichos consejos y en coordinación con la agencia urbana en su caso.
Estas propuestas deben ir acompañadas del expediente de la encuesta pública, que incluya en particular las observaciones formuladas por el público durante dicha encuesta y estudiadas por los consejos antes mencionados.
El plan de ordenación es aprobado por decreto adoptado a propuesta de la autoridad gubernamental encargada del urbanismo. Este decreto se publica en el Boletín Oficial.

CONSISTENCIA

El plan de ordenación comprende:

  • Uno o varios documentos gráficos
  • Un reglamento que define las reglas de utilización del suelo, las servidumbres y otras obligaciones impuestas con vistas a la realización de una ordenación ordenada y coherente, así como las reglas de construcción aplicables a la zona concernida.

El plan de desarrollo tiene por objeto delimitar en particular:

  • las zonas reservadas a la vivienda de los agricultores que comprenden la instalación de edificios de explotación agrícola;
  • las zonas reservadas a la vivienda de tipo no agrícola, al comercio, a la artesanía y a la industria;
  • las zonas en las que toda construcción está prohibida;
  • el trazado de las principales vías de circulación;
  • los emplazamientos reservados a las plazas públicas, a los espacios libres y a las plantaciones;
  • los emplazamientos reservados a los edificios y servicios públicos así como a las instalaciones de la vida social y en particular a los zocos y sus anexos.

PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO

Tras el acuerdo de los servicios de obras públicas y de agricultura, el proyecto elaborado se presenta al consejo comunal, que debe emitir su opinión en el plazo de un mes.

A continuación, el proyecto de plan es sometido a una encuesta de un mes de duración, durante la cual el público puede tomar conocimiento del mismo y consignar sus observaciones. Este depósito se anuncia mediante avisos fijados en la sede de la autoridad local interesada.

El consejo rural es consultado de nuevo cuando se han presentado observaciones durante la encuesta.

Esta orden, aprobada por el Ministro del Interior, se publica en el Boletín Oficial y en la sede de la autoridad local.

Los planes de desarrollo producen efecto durante un período de 10 años.

La nota de información urbanística es un documento administrativo expedido por la agencia urbana conforme a las disposiciones legales vigentes, a petición del solicitante, en un plazo de dos días hábiles. La agencia urbana expide a toda persona que lo solicite una nota de información urbanística que precisa el uso que puede hacerse de una propiedad fundiaria en aplicación de los documentos de urbanismo vigentes. Dicha solicitud puede emanar de cualquier interesado cuando el documento de urbanismo está homologado. En ausencia de tal documento, solo puede emanar del propietario del terreno correspondiente o de una persona que aporte el acuerdo de este último o cualquier título que justifique la obtención de esta nota, como un acta declarativa de utilidad pública.

Para obtener una nota informativa sobre la ordenación del territorio, deben aportarse los siguientes documentos:

  • Copia de la tarjeta de identidad nacional del solicitante;
  • Poder oficial si el solicitante no es el propietario del bien inmueble en caso de documento de ordenación no aprobado;

NB:

  • La nota de información urbanística es expedida por la agencia urbana en un plazo que no supera los dos días hábiles.
  • La nota de información urbanística se expide sobre la base de los datos proporcionados por el solicitante y no puede en ningún caso atestiguar su veracidad ni equivale en ningún caso a un acuerdo de principio sobre la realización de ningún proyecto.
  • Los documentos que deben presentarse para su obtención se mencionan en la ficha de solicitud.